TÉRMINOS Y FORMA DE USO DEL CANAL ÉTICO

1. Aceptación de los términos y condiciones

 

El presente canal ético, se pone a disposición de los trabajadores, directivos, accionistas, clientes y proveedores de Grupo MADME.

 

 

2. Descripción del Servicio. Usuarios autorizados por Grupo MADME

 

Grupo MADME utiliza esta plataforma para que sus clientes, proveedores, trabajadores o directivos – accionistas, tengan acceso al mismo. Para poder utilizar este canal ético, el Denunciante debe obtener acceso a través de este enlace del que ha sido proveída Grupo MADME y contar con el equipo necesario para establecer conexión a la red.

 

El Denunciante tiene acceso a un formulario de registro de denuncias donde debe ingresar los datos que constan en el mismo. Unos con carácter obligatorio, que son los marcados con asterisco (tipo de denuncia, tipo denunciante, hechos denunciados, descripción de los hechos, DNI, nombre y apellidos, así como email de contacto), y otros con carácter voluntario.

 

Una vez completados todos los campos obligatorios, el formulario le solicitará la confirmación de haber leído y aceptado las condiciones del Servicio. Al terminar de cargar los datos en el Informe de Denuncias, el Denunciante debe presionar el botón Enviar denuncia.

 

Una vez aceptadas aquellas condiciones y presionado aquel botón, será enviada la denuncia y se le asignará un código de la misma así como se le ofrecerá la dirección electrónica de contacto del encargado del tratamiento de la denuncia en Grupo MADME.

 

La existencia de la denuncia será recibida simultáneamente en los correos electrónicos que Grupo MADME ha determinado, que normalmente vendrán a coincidir con los encargados del tratamiento de la denuncia en la organización (que debe formar parte de su Comité de cumplimiento o compliance officer) así como el asesor jurídico o técnico especialista en compliance de Grupo MADME.

 

Una vez recibida aquella comunicación de existencia de denuncia, el encargado de tratamiento de Grupo MADME y su asesor en compliance podrán acceder con sus claves privadas a la plataforma, donde descargarán el contenido de la denuncia y documentos anejos, quedando grabados dichos datos de confirmación de lectura.  A partir de ese momento Grupo MADME le deberá dar el tratamiento a la denuncia que proceda de acuerdo con el protocolo establecido en ese tipo de situaciones. Al final de este documento se incluye un esquema del protocolo de actuación.


  

3. Obligaciones del Denunciante por el uso del Servicio

 

El Denunciante se obliga a proveer información de buena fe, correcta y completa sobre los hechos objeto de denuncia. Si suministra información de mala fe, inexacta, o incompleta con carácter intencionado, Grupo MADME podrá adoptar contra el denunciante las medidas disciplinarias y/o judiciales que considere oportunas.



4. Política de Confidencialidad y Privacidad de los Datos suministrados a través de la plataforma.

 

Accederán al contenido de su denuncia y a los documentos anejos a ella los mismos sólo las personas que posean las claves correspondientes en Grupo MADME, que vendrán a coincidir con el señalado por este como el encargado del tratamiento de aquellas denuncias (normalmente adscrito al departamento de cumplimiento normativo o compliance officer) y el asesor especialista en compliance al que autorice la empresa para tal fin.

 

El tratamiento de las denuncias corresponde exclusivamente a Grupo MADME, que será la obligada a mantener estricta confidencialidad sobre los Datos puestos de manifiesto a través de este sistema. El Denunciante acepta que Grupo MADME puede conservar y/o revelar los Datos suministrados si así le es requerido por ley y/o cualquier autoridad pública.

 

Debido a la propia finalidad de este servicio se reconoce que los Datos suministrados a través del mismo podrían contener información privada de personas denunciadas, la cual habrá sido proporcionada y transmitida por el Denunciante.

 

En consecuencia, Grupo MADME no asume responsabilidad alguna por el incumplimiento de leyes de privacidad y/ o confidencialidad que las acciones del Denunciante puedan generar y muy especialmente las previstas en la LOPD.


ESQUEMA DEL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN